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Vinculados con las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en el marco de las coordinaciones represivas del Cono Sur.

Unidad documental compuesta AR EJ CF14216/03 - Causa Suárez Mason, Carlos Guillermo y otros s/priv. ileg. de la libertad (Primer Cuerpo del Ejército)

Área de identidad

Código de referencia

CCJJ-AR-AR EJ CF14216/03

Título

Causa Suárez Mason, Carlos Guillermo y otros s/priv. ileg. de la libertad (Primer Cuerpo del Ejército)

Fecha(s)

  • 2003 (Creación)

Nivel de descripción

Unidad documental compuesta

Volumen y soporte

Extent
Más de 544 cuerpos de 200 fojas (páginas doble faz) cada uno, correspondientes al expediente principal. - Total aprox. 110.000 fojas. Más de 500 cuerpos de 200 fojas (páginas doble faz) cada uno, correspondientes a expedientes conexos. Aproximadamente 90 cajas de 38 x 30 x 25 cm., conteniendo documentación. - Almacenadas en la Secretaría del Juzgado. Documentación varia (principalmente legajos de personal militar y/o policial). - Almacenada en estanterías en la Secretaría del Juzgado.

Área de contexto

Historia archivística

El expediente se identifica como causa N° 14216/03, caratulado "Suárez Mason, Carlos Guillermo y otros s/privación ilegal de la libertad agravada, homicidio agravado...", y conocido como causa Primer Cuerpo del Ejército. La causa se inició el 2 de julio de 1986 por disposición de la Cámara Federal; luego, por aplicación de las leyes 23.492 y 23.521 (conocidas como “Punto Final” y “Obediencia Debida”), y de los decretos de indulto presidenciales, la instrucción de la causa se vio paralizada hasta el dictado de la ley 25.779. Luego de la sanción de ésta, la Cámara Federal dispuso la reapertura de las actuaciones con fecha 18 de septiembre de 2003. La causa Primer Cuerpo del Ejército es el expediente originario de la cual se desprenden numerosos expedientes que han sido elevados para su conocimiento por parte de los Tribunales Orales, entre ellos: causa Iriart (N° 13/09) del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa, la causa ABO ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de la Capital Federal, la causa El Vesubio ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4, la causa Automotores Orletti ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 y la causa Hospital Posadas.

Origen del ingreso o transferencia

Área de contenido y estructura

Alcance y contenido

En la causa se investigan los hechos atribuidos a personal dependiente del Primer Cuerpo de Ejército o sometido operacionalmente a él, ocurridos en el ámbito de la Capital Federal, Provincia de Buenos Aires (a excepción de los cometidos en jurisdicción de la Zona IV, correspondiente al Comando de Institutos Militares) y Provincia de La Pampa, desde el 24 de marzo de 1976 y hasta el 10 de diciembre de 1983. Se trata de los hechos sufridos por más de 1700 personas. Los hechos bajo investigación incluyen acciones llevadas adelante por el Ejército Argentino, la Fuerza Aérea y diversas fuerzas de seguridad. La causa se ha organizado por estructura de mando, esto es, a partir de las personas que estaban al mando de la jurisdicción en cuestión y, a partir de allí en subzonas: Capital Federal, La Pampa y Subzona 13. Paralelamente, se ha avanzado la investigación organizándola también por Centro Clandestino de Detención bajo el Comando de Zona 1: El Vesubio, Automotores Orletti, el circuito Atlético-Banco-Olimpo (ABO), Hospital Posadas, el circuito de la zona oeste (incluyendo Mansión Seré, las bases aéreas de Morón, Palomar y Moreno, y las Comisarías de Haedo, Castelar y Morón), Coordinación Federal, Azopardo, Virrey Cevallos, Protobanco. La línea de investigación relativa al CCDT "Automotores Orletti", que tramita en uno de los expedientes conexos ( causa N° 2637/04), resulta de particular relevancia en cuanto a la Operación Cóndor. En el marco de esta megacausa se han contado más de 120 imputados. En el expediente es posible hallar documentos textuales, bibliográficos, electrónicos, sonoros y filmográficos. En particular, se incluyen entre los documentos: legajos personales, requerimientos policiales, fichas policiales, reglamentos/manuales, publicaciones periódicas, prontuarios, denuncias y todo tipo de documentación jurídica. Estos documentos provienen de: declaraciones testimoniales, documentación acompañada por testigos, documentación producida por otros órganos judiciales y/o el Ministerio Público Fiscal, copias de otros expedientes, órganos de seguridad, instituciones militares, Embajadas, Ministerios, medios de comunicación, instituciones religiosas y comisiones de verdad. El expediente también incluye las resoluciones producidas por el Juzgado, en el marco de la investigación.

Valorización, destrucción y programación

Acumulaciones

Sistema de arreglo

La documentación se agrupa de acuerdo a cada una de las líneas de investigación que se sigue en el expediente: la investigación de cada uno de los centros clandestinos de detención que funcionaron en jurisdicción del Primer Cuerpo de Ejército y la reconstrucción de las cadenas de mando del Primer Cuerpo de Ejército y cada uno de los Regimientos/Brigadas que funcionaron bajo su órbita. Por otro lado, existen actuaciones (agrupadas en Legajos) labradas por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal relativas a la identificación de los restos óseos de las personas que permanecen desaparecidas. Además de los autos principales, existen legajos y anexos de documentación que no están agregados a éstos. La documentación original es reservada para evitar provocar una alteración en la misma y en procura de preservarla de la mejor manera posible; para ello, se utilizan cajas plásticas para el guardado de la misma. Respecto de la documentación que está agregada al expediente principal, el Juzgado cuenta con un listado en el cual se detallan las fojas en que están agregadas cada una de las actuaciones que lo componen, utilizándose este medio manual para ubicar cada una de las piezas. Algunos legajos de prueba, por su voluminosidad, también cuentan con un listado propio de su contenido que facilita la ubicación de cada una de las piezas que lo integran. Respecto de la documentación que está reservada en Secretaría, está inventariada con indicación de la caja o lugar de la dependencia en que se encuentra la misma.

Área de condiciones de acceso y uso

Condiciones de acceso

Los expedientes penales, en principio, sólo son accesibles para las partes en el proceso, de conformidad con los artículos 63 y siguientes del Reglamento para la Justicia Nacional (Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 17 de diciembre de 1952). La publicidad de algunos de los legajos de prueba también se encuentran alcanzados por las previsiones de la Ley 25.520 en la medida en que se refieren a cuestiones vinculadas con la Actividad de Inteligencia del Estado, principalmente aquella proveniente de la Secretaría de Inteligencia del Estado.

Condiciones

Idioma del material

Escritura del material

Notas sobre las lenguas y escrituras

Características físicas y requisitos técnicos

Instrumentos de descripción

Área de materiales relacionados

Existencia y localización de originales

Parte de la documentación en poder del Juzgado está en original, principalmente los legajos personales provenientes de las distintas fuerzas, expedientes judiciales que tramitaron durante el gobierno de facto, algunos expedientes del Consejo de Guerra Especial Estable del Primer Cuerpo de Ejército. La mayor parte de la documentación que se recibe es reservada en Secretaría y no agregada a los autos principales. El hecho de que la documentación sea reservada no implica que el acceso a la misma por las partes se encuentre restringido; si, se tiene particular cuidado con los legajos personales del personal militar y policial, especialmente con aquellos correspondientes a los imputados de la causa. También se tiene especial cuidado con el acceso a las fotografías obrantes en los legajos personas, a los efectos de no frustrar el eventual resultado de reconocimientos fotográficos. Asimismo, existe información que reviste la condición de “clasificada” por estar relacionada con actividades de inteligencia, cuyo régimen de publicidad se encuentra regulado por la ley 25.520 (Ley de Inteligencia Nacional).

Existencia y localización de copias

Hay copias del expediente principal que obran en poder de los Tribunales Orales que intervinieron en los juicios orales, ya que al momento de disponer la elevación a juicio de la causa se extraen copias para su remisión. También se fotocopia parte de la documentación que sustenta las imputaciones que se realizan a los responsables de los hechos investigados, la cual es remitida a los Tribunales Orales. Eventualmente, la documentación original es devuelta una vez analizada, en la medida en que es posible establecer que no guarda ninguna relación con los hechos investigados. Igualmente, parte de la documentación que es devuelta es previamente digitalizada a través del Archivo Nacional de la Memoria, dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de la Nación. Este proceso de digitalización también se lleva a cabo con relación a parte del expediente principal.

Unidades de descripción relacionadas

Área de notas

Notas

El Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N°3 de la Capital Federal está a cargo del Dr. Daniel Rafecas.

Puntos de acceso

Puntos de acceso por lugar

Área de control de la descripción

Identificador de la descripción

Identificador de la institución

Reglas y/o convenciones usadas

Estado de elaboración

Nivel de detalle

Básico

Fechas de creación revisión eliminación

21 de mayo de 2014

Idioma(s)

  • español

Escritura(s)

Fuentes

Formulario del IPPDH completado por Diego Perone, Secretario del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N°3.
Procuración General de la Nación.
Centro de Información Judicial.

Área de Ingreso