Guía de Archivos y Fondos Documentales


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Vinculados con las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en el marco de las coordinaciones represivas del Cono Sur.

Fonds PNA - Prefectura Naval Argentina

Identity area

Reference code

AR ACPNA PNA

Title

Prefectura Naval Argentina

Date(s)

  • 1975 (Accumulation)

Level of description

Fonds

Extent and medium

Extent
La mayor parte de la documentación es en soporte papel. La albergada en el Departamento Archivo Central ocupa aproximadamente 5.000 metros lineales.

Context area

Name of creator

Prefectura Naval Argentina*** (1820-)

Administrative history

La Prefectura Naval Argentina reconoce sus orígenes históricos en la época colonial; la llamada Capitanía de Puerto de Buenos Aires -institución creada por las autoridades españolas con la función específica de policía de seguridad de la navegación y puertos-, fue incorporada con la Revolución de 1810 como organismo de Estado nacional. Desde entonces, esta institución comenzó a configurar su identidad institucional, así como a delimitar formalmente su función policial como custodio de mares, ríos, lagos y puertos. Durante su historia ha experimentado cambios de dependencias ministeriales, denominaciones y marcos normativos que fueron estableciendo sus funciones, estructura orgánica y alcances jurisdiccionales.
A los fines de la Guía y el período de interés:
En 1971 se estableció un nuevo reglamento orgánico de la PNA (reglamentación del Título II de la Ley 18938). En 1970, la Junta de Comandantes en Jefe, ocupando de facto el Poder Ejecutivo Nacional, había sancionado y promulgado la ley N° 18.711 que determinó las misiones, funciones y jurisdicciones de la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval Argentina y la Policía Federal. En su articulado definía a la Prefectura Naval Argentina como una fuerza de seguridad estructurada para actuar en el litoral marítimo, lacustre y otras vías navegables, puertos y lugares que se determinen al efecto (art 7); que tendría por misión satisfacer las necesidades inherentes al poder de policía que compete al Comando en Jefe de la Armada (art 8); y que en caso de conmoción interior todos o parte de sus efectivos podrían ponerse a disposición del o los comandos de zona de emergencia respectivos (art 11). Esta dependencia del Estado Mayor General de la Armada se extendió durante todo el terrorismo de Estado. En 1984, por decreto N° 3399 la Prefectura Nacional Naval pasó a depender del Ministro del Defensa, quien ejercería a su respecto y en plenitud, las funciones que anteriormente tenía asignadas el Comandante en Jefe de la Armada. Asimismo este decreto establecía que los cargos de Prefecto Nacional Naval y Subprefecto Nacional Naval serían ejercidos por oficiales superiores de la Prefectura Naval Argentina de la máxima jerarquía en actividad y designados por el Poder Ejecutivo, a propuesta del señor Ministro de Defensa. Este decreto también implicó modificaciones en la Ley general 18938 con el fin de adecuarlas a la dependencia orgánica y funcional emergente de este decreto. A partir de la sanción de la ley 23554/1988, Ley de Defensa Nacional, cuyo objetivo fue establecer las bases jurídicas, orgánicas y funcionales fundamentales para la preparación, ejecución y control de la defensa nacional, la Prefectura Nacional Argentina quedó integrada al sistema de Defensa Nacional; junto con el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y Gendarmería Nacional (art 9). El artículo 31 de la ley estableció las funciones de la Prefectura Naval Argentina y Gendarmería Nacional de “permanente control y vigilancia de las fronteras, aguas jurisdiccionales de la Nación y custodia de objetivos estratégicos, así como para el cumplimiento de las demás funciones emergentes de esta Ley y otras disposiciones legales que se le apliquen”; su dependencia orgánica funcional del Ministro de Defensa, “sin perjuicio de lo cual, el tiempo de guerra, sus medios humanos y materiales o parte de ellos, podrán ser asignados a los respectivos comandos estratégicos operacionales y comandos territoriales, según se derive del planeamiento correspondiente”. En 1992. se sancionó la Ley 24.059 de Seguridad Interior, que estableció la finalidad, estructura, órganos, misiones y funciones del Sistema de Seguridad Interior. La Prefectura Naval Argentina pasó entonces a ser parte del sistema de seguridad interior junto con Gendarmería Nacional, la Policía Federal, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y las policías provinciales de aquellas provincias que adhirieron a la esta ley. El Ministerio del Interior quedó a cargo la dirección superior de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad del Estado nacional. Respecto de estas últimas, dicha facultad quedaba limitada a los fines derivados de la seguridad interior, sin perjuicio de la dependencia de las mismas del Ministerio de Defensa, y de las facultades de dicho ministerio y de las misiones de dichas fuerzas, derivadas de la defensa nacional (art 8). Durante la última década la Prefectura Naval Argentina cambió de dependencia ministerial en varias ocasiones, esto de acuerdo a las modificaciones y creaciones de las funciones y misiones de los diferentes ministerios nacionales; quedando bajo la órbita de la administración estatal que tuviera a cargo el sistema de seguridad interior. En 2010, con la creación del Ministerio de Seguridad, decreto 1993/2010, pasan a su jurisdicción las fuerzas de policiales y de seguridad nacionales, entre ellas la Prefectura Naval Argentina.

Archival history

El Archivo Central de la Prefectura Naval es el depositario mayor de documentos de esta fuerza y depende orgánicamente de la Secretaría General. Según lo informado por el personal de la institución, este archivo, antes ubicado en el Dique 1 de Puerto Madero, se trasladó en 1994 a su destino actual, en la calle Benjamín Juan Lavaisse 1058 (C.A.B.A.). En el año 2010, asciende de jerarquía administrativa y pasa de ser sección a departamento. Existen también en la PNA otras unidades de conservación de documentación en la sección Despacho y Archivo de cada dependencia (sección que obedece orgánicamente a su respectiva Jefatura). Estas secciones, al igual que el Archivo Central, tienen por misión la clasificación, archivo, conservación y depuración de los documentos, misión que se encuentra normalizada en el Reglamento de Archivo R-I-PNA 1-003 (1998).

Immediate source of acquisition or transfer

Content and structure area

Scope and content

• Legajos Personal Superior y Subalterno Esta documentación es producida por la Dirección de Personal. La fuerza produce dos legajos por cada uno de sus integrantes: un Legajo de Servicio y uno de Conceptos. El primero consta de: fotografías, filiación, ficha de familia, ingreso y ascensos, bajas, pases, licencias, antecedentes de salud, castigos disciplinarios, resumen de calificaciones de conceptos, embargos, otros antecedentes, comisiones, recomendaciones, actos de arrojo y salvamento e índice de agregados. El segundo está integrado por evaluaciones periódicas del personal a lo largo de su trayectoria dentro de la fuerza y ocasionalmente puede contener documentación anexa. Fechas extremas: 1820 hasta la actualidad.
• Memorias Anuales La Sección Despacho y Archivo de cada prefectura es la encargada de la confección de esta documentación. Las Memorias Anuales en su contenido específico suelen estar divididas en cuatro grandes áreas: Área orgánica, área operativa, área logística, área de relaciones con otras fuerzas y el ámbito civil. Fechas: 1858 – 1941; 1974-1983, 2010 en adelante.
• Partes Preventivos Son producidos por la Sección Policía y Seguridad Judicial y Sumarios, dependiente de la División Operaciones de cada Prefectura. Se trata de comunicaciones escritas mediante las cuales se informa al superior inmediato sobre un suceso o hecho acontecido. En muchos casos estos partes preventivos devienen en sumarios administrativos, contravencionales o bien se elevan a la justicia ordinaria. Se encuentran encuadernados, ordenados por año, número de parte y destino que lo produce. Dentro de la información que contienen se encuentra: un número que es correlativo y anual, una breve descripción o título del hecho, fecha de confección del parte. El relato suele contener nombres del personal de la fuerza interviniente, personas implicadas, lugar, fecha y hora del suceso. Si el parte devino en un sumario judicial se menciona el juzgado al cual se eleva el parte o expediente. En el reverso de cada parte preventivo generalmente se consigna el número de expediente, esto hace posible su búsqueda en Archivo Central de la PNA. Fechas extremas: 1946 hasta 1983.
• Expedientes Públicos y Clasificados Reservados o Confidenciales Todas las dependencias producen esta documentación. Según el Reglamento de Correspondencia R. I PNA 3- 002 (2010), un expediente es el documento oficial o conjunto de documentos de un mismo asunto que por la índole de su contenido es registrado bajo orden numérico y da origen a diligencias administrativas de una o más autoridades. Los expedientes públicos tratan sobre cuestiones que conciernen al área interna y externa de la institución. Los clasificados contienen información interna de la fuerza, fundamentalmente, relativa a diversas situaciones en las que se ha visto involucrado el personal subalterno y/o superior de la institución, situaciones merecedoras de la intervención de sus superiores para averiguar lo acontecido y dirimir cómo proceder al respecto, con la sanción reglamentaria como posibilidad (sumarios, informaciones, actas, etc.). En el caso de los expedientes reservados, éstos remiten al personal subalterno de la fuerza, mientras que los confidenciales tratan cuestiones acerca del personal superior. Fechas extremas de expedientes públicos: 1974 hasta la actualidad. Fechas extremas de expedientes clasificados: 1960 hasta la actualidad.
• Órdenes del Día y/o Boletines – Públicos, Reservado y Confidenciales Órdenes del Día y Boletines son dos denominaciones de un mismo tipo documental. Orden del Día fue la primera denominación, luego pasó a llamarse Boletín a partir de 1933, cambiado nuevamente de denominación a Orden del Día a partir de 1954, y finalmente volviendo a Boletín a partir de 1982. Este tipo documental se utiliza para dar publicidad a las disposiciones de la institución que interesan y afectan al personal y las disposiciones de carácter transitorio que afecten el régimen interno de los servicios. Sus clasificaciones- Confidenciales y Reservadas- están relacionados con el destinatario de la información. En el caso de las confidenciales se publican aquellas disposiciones que implican al personal superior y a los servicios que de éste dependen. En el caso de las reservadas afectan al personal subalterno y al régimen de los servicios que ellos realizan. Los públicos por su parte están relacionados con disposiciones generales que interesan a toda la institución. Fechas: Desde 1810 hasta la fecha. • Circulares Son tipos documentales que tienen como finalidad dar a conocer disposiciones legales y reglamentarias que guarden relación con la orgánica de la institución, con sus funciones o sean de interés para el personal. En general contienen, leyes, decretos, resoluciones (ministeriales, presidenciales, etc) originados en otros ámbitos del Estado, u órdenes y disposiciones generales –permanentes o transitorias- emanadas por la misma institución. Existen desde la creación de la PNA hasta la actualidad.
• Libros Históricos Contienen datos orgánicos del destino; listados de revista de personal superior y subalterno del destino por año; información sobre inspecciones y visitas oficiales de la superioridad.

Appraisal, destruction and scheduling

De acuerdo con el Reglamento de Archivo PNA (vigente desde 1998), cada tipo documental tiene un tiempo de guarda que es establecido por la oficina productora al momento de remitir los documentos al Archivo Central. Este período puede variar entre tres y cien años. Finalizado ese lapso de tiempo, se hace plausible la depuración, excepto en aquellos tipos documentales que son de guarda permanente, como por ejemplo los libros históricos y las memorias anuales. La depuración se realiza previa confección de un acta, que tiene, a su vez, un tiempo de guarda de diez años. En los hechos se ha comprobado que la depuración suele no realizarse si las condiciones edilicias permiten prolongar la guarda.

Accruals

System of arrangement

El Reglamento de Archivo establece pautas de organización de la documentación que ingresa al archivo. De esta manera el Archivo Central se organiza en tres sectores a los que le corresponden determinados tipos o series documentales: el sector de libros rol de la navegación, el sector de expedientes clasificados (reservados y confidenciales) y el sector de expedientes públicos y legajos de personal. Estos sectores cuentan con sistema de fichas (para el caso de los expedientes públicos y clasificados) y otras formas de sistematización de la documentación (planillas Excel para los legajos de personal) que facilitan su ubicación una vez archivados. A su vez, la documentación archivada en los sectores se ordena en función del año de archivo y tiempo de guarda. En el caso de los archivos de las dependencias generalmente la documentación se organiza por procedencia y año de archivo de los documentos.

Conditions of access and use area

Conditions governing access

Dado que la documentación es de carácter administrativo, no es un fondo de acceso público. Las siguientes normativas restringen el acceso a la documentación:
Ley 25.326 Habeas Data, aplica en el caso de que la documentación contenga datos personales y sensibles;
LEY 25.520 de Inteligencia Nacional;
LEY 24.059 - Seguridad Interior y toda normativa nacional y/o Internacional que proteja información por motivos de seguridad nacional; Las siguientes normativas favorecen el acceso a la documentación:
Decreto 1.172 de 03/12/2003 .- Acceso a la información pública.
Decreto 04/2010 , del 5/10 y del Decreto 2.013 del 06/11/12, de la Presidencia de la Nación, de desclasificación de información vinculada al período de Terrorismo de Estado;

Conditions governing reproduction

La documentación se encuentra con diferentes grados de organización y conservación en función de la utilización que se le da cotidianamente. Por lo general no existen inventarios generales. La documentación se halla en casi su totalidad en soporte papel y el estado de conservación es variado. El personal a cargo de los archivos cuenta con un saber que, a pesar de no estar formalizado en la instrucción, es aprendido en la práctica o de oficio, basándose en una reglamentación que regula el funcionamiento de los archivos. Las herramientas utilizadas para el registro y organización de la documentación (libros de entrada y salida de expedientes, sistema de fichas y bases de datos) son estrictamente de uso interno.

Language of material

  • Spanish

Script of material

Language and script notes

Mediante Resolución Ministerial Nº 544/2011 se creó en el ámbito de la Dirección Nacional de Derechos Humanos, el Grupo Especial de Relevamiento Documental (GERD) para que emprendiera la tarea de relevamiento y análisis de toda la documentación que pueda resultar de valor histórico y/o judicial que se encuentre archivada y/o custodiada en dependencias de las Fuerzas de Policiales y de Seguridad dependientes del Ministerio. El grupo está conformado por equipos de trabajo para cada una de las fuerzas que presentan ante la Dirección de Derechos Humanos informes periódicos sobre el avance del trabajo en relación con los fondos documentales.
Actualmente se encuentra llevando adelante un proceso de identificación y revisión de las áreas de archivo, lugares de custodia y/o almacenamiento de documentación de las Fuerzas de Seguridad, que pudieran contener información de utilidad sobre violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura cívico-militar.

Physical characteristics and technical requirements

Finding aids

El Archivo Central cuenta con una base de datos en la que se asientan los legajos del personal archivados, por nombre, apellido y DNI. Asimismo, se sirve de un sistema de ficheros (uno para expedientes públicos y otros para expedientes clasificados) en los que se indica el lugar de guarda de expedientes a partir del año de archivo y número de expediente. Además, para los expedientes actuales, identificados con un sistema denominado CUDAP -clave única de la administración pública-, se cuenta con una base de datos Excel. También el Archivo Central como los archivos de las dependencias, poseen libros de registro de entrada y salida de expedientes en los que se consignan los siguientes datos: Fecha de entrada, número de expediente, iniciador (puede tratarse de una dependencia o una persona); extracto; número del oficio inicial; trámite (se consigna las dependencias por las que se mueve el expediente; si se archiva en la dependencia, dice el lugar de archivo y la fecha y si se eleva a otro destino dice cuando se elevó y a dónde). Los libros son cronológicos y su contenido está ordenado alfabéticamente.

Allied materials area

Existence and location of originals

Existence and location of copies

Related units of description

Notes area

Access points

Place access points

Description control area

Description identifier

AR

Institution identifier

Rules and/or conventions used

Status

Revised

Level of detail

Minimal

Dates of creation revision deletion

Language(s)

  • Spanish

Script(s)

Sources

Formulario IPPDH
Dirección Nacional de Derechos Humanos, Ministerio de Seguridad. Directora: Natalia Federman.

Accession area