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Vinculados con las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en el marco de las coordinaciones represivas del Cono Sur.

Comisión de Verdad y Justicia del Paraguay

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Comisión de Verdad y Justicia del Paraguay

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  • CVJ

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Dates of existence

2002-2008

History

El 15 de agosto de 1954, Alfredo Stroessner Matiauda asumió la presidencia de Paraguay. Se inicia así la llamada “era de Stroessner” con la alianza política entre el Partido Colorado, y las Fuerzas Armadas, que perduró hasta 1989. La dictadura de Stroessner mantuvo el control total del Estado y de la sociedad, persiguiendo, eliminando, excluyendo, extirpando e incluso aniquilando cualquier foco, intento o proyecto de oposición y lucha, sean estos por la vía pacífica o armada.
El 3 de febrero de 1989, el Gral. Andrés Rodríguez encabezó un golpe de Estado y da inicio a un inédito período de apertura política y libertades públicas irrestrictas. Stroessner busca asilo en Brasilia. La transición no crea un nuevo régimen ni derrumba las viejas estructuras de poder y, por lo tanto, no podía responder a las demandas sociales de conocer la verdad sobre lo sucedido en su pasado reciente.
Sólo muchos años después fue posible crear una Comisión de Verdad y Justicia para desentrañar las violaciones de los derechos humanos cometidas durante aquellos años. Ello, a pesar de que el Paraguay era, desde 1992, el único país sudamericano que había recuperado, casi en su integridad, los documentos policiales de los años de dictadura de Stroessner.
La Comisión de Verdad y Justicia constituyó un logro de la sociedad civil y del Estado paraguayo. Su creación responde a una fuerza de voluntades que se iniciara en octubre del año 2002, con la petición de organizaciones sociales y de derechos humanos –en particular de las asociaciones de víctimas de la dictadura agrupadas en la Mesa Memoria Histórica y Archivos de la Represión, para la conformación de la Comisión de Verdad y Justicia. Los informes de la OEA y de Naciones Unidas sobre la situación de los Derechos Humanos en Paraguay, también habían recomendado la creación de una Comisión de la Verdad que investigue las violaciones ocurridas desde 1954 hasta 1989. El acuerdo del Parlamento Nacional y del Poder Ejecutivo se concretó con la sanción y promulgación de la Ley 2225/2003.
La Comisión de Verdad y Justicia buscó establecer en forma oficial la verdad y la justicia histórica sobre los hechos de violación de los derechos humanos ocurridos básicamente durante la dictadura stronista (1954-1989). El núcleo de la investigación fueron los grandes hechos de violación de los derechos humanos: desapariciones forzadas de personas y ejecuciones extrajudiciales, privaciones ilegales de la libertad, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, exilio de paraguayas y paraguayos, y otros casos, así como la situación de derechos humanos de las niñas y los niños, indígenas, las mujeres, y el tema de tierras rurales mal habidas.
De esta forma, la Comisión recogió testimonios y entrevistas de 2059 personas en su sede central, Asunción, y sedes regionales, de Misiones, Caaguazú, Alto Paraná y Cordillera, las cuales fueron habilitadas para facilitar a las víctimas su testimonio. Los Comisionados y los entrevistadores realizaron entrevistas y recibieron testimonios en las ciudades de: Quiindy, Paraguarí, San Pedro del Paraná, San Pedro del Ycuamandyyú, Encarnación, María Auxiliadora, Caazapá, Concepción, San Estanislao, Alto Paraguay, entre otras. Asimismo, se registraron y tomaron testimonios en Brasil, España y especialmente en Argentina.
La CVJ ha analizado el testimonio de 9.923 víctimas directas de la dictadura según su base de datos, con informaciones que aparecen en otros archivos, como los de la Defensoría del Pueblo, del Centro de Documentación y Archivo del Poder Judicial (CDyA o “Archivo del Terror”), del Comité de Iglesias para Ayudas de Emergencia (CIPAE) y del Centro de Estudios Paraguayos Antonio Guasch (CEPAG). También tuvo en cuenta los archivos y documentaciones judiciales, policiales y militares. Las Fuerzas Armadas abrieron sus archivos, así como el Ministerio de Relaciones Exteriores, y miles de documentos fueron compilados.
La Comisión pudo desarrollar su mandato gracias al respaldo del Estado paraguayo, en particular del Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Educación, Procuraduría General de la República, el Tribunal Superior de Justicia Electoral y la Corte Suprema de Justicia. Aunque la Comisión contó para su funcionamiento con un presupuesto financiero estatal insuficiente, la cooperación internacional colaboró de manera decisiva. Vale la pena destacar los aportes de la Acción Ecuménica Sueca (Diakonia); de las embajadas de Alemania, Argentina y Suiza; del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Misiones, y de la Universidad Nacional de Misiones, Argentina; del Ministerio del Interior de Chile; la Universidad Roma Tree; de la Agencia Española de Cooperación y Desarrollo; del Sistema de las Naciones Unidas del Paraguay a través del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).
También fue decisivo el aporte de las universidades Católica y Columbia del Paraguay; de la Pastoral Social de la Conferencia Episcopal Paraguaya; del Comité de Iglesias para Ayudas de Emergencia (CIPAE); del Servicio Jurídico Integral para el Desarrollo Agrario (SEIJA); y de los organismos nacionales de derechos humanos como: Callescuela; la Coordinadora de Luchadores/as y Víctimas de la Dictadura; las organizaciones de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Asesinados por Razones Políticas del Paraguay; la Fundación “Celestina Pérez Almada”; el Movimiento Nacional de Víctimas de la Dictadura; la Coordinadora de los Derechos Humanos del Paraguay (CODEHUPY); la Mesa de la Memoria Histórica y Archivos de la Represión.
La Comisión también presentó, ante los organismos judiciales competentes, casos de violaciones de derechos humanos, en particular casos de tortura, tratos o penas crueles, inhumanas y degradantes, así como desaparición forzada de personas, y formuló denuncias entre mayo del 2006 y marzo del 2008. El dictamen fiscal sostuvo que la tesis institucional de la fiscalía paraguaya desde hace 15 años es que los delitos de tortura estaban prescritos, tesis aceptada por el juez de primera instancia, en fallo hoy apelado. Esta posición es contraria a lo sustentado en el derecho internacional de los derechos humanos, en la doctrina Paciello de la Corte Suprema de Justicia del Paraguay y en la Convención sobre Imprescriptibilidad de Crímenes de Guerra y Lesa Humanidad ratificada por Paraguay.

Places

Legal status

Functions, occupations and activities

La misión de la Comisión de Verdad y Justicia (CVJ) fue recuperar la memoria histórica, esclarecer la verdad, propiciar la justicia y la reparación a las víctimas de violaciones de derechos humanos, y proponer medidas para construir un Estado democrático con plena vigencia de los derechos humanos, sustentada en valores como el espíritu de justicia y verdad, compromiso y rectitud, prudencia y coherencia, respeto, lealtad institucional, autenticidad, responsabilidad, honestidad, solidaridad, creatividad, y transparencia. El informe de la Comisión contribuye también a comprender aquellos aspectos políticos, nacionales e internacionales, que condicionaron los hechos de violación de los derechos humanos en el Paraguay.
El núcleo de la investigación de CVJ fueron los grandes hechos de violación de los derechos humanos: desapariciones forzadas de personas y ejecuciones extrajudiciales, privaciones ilegales de la libertad, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, exilio de paraguayas y paraguayos, y otros casos, así como la situación de derechos humanos de las niñas y los niños, indígenas, las mujeres, y el tema de tierras rurales mal habidas.
Para la toma de testimonios se elaboraron cuestionarios técnicos para registrar los datos específicos de la víctima, la violación perpetrada, las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la misma, las secuelas, incluso el nombre del presunto victimario cuando era suministrado por la víctima. Este acto de toma de testimonio constituyó un reconocimiento a la dignidad y al valor de las víctimas. Cada testimonio demandaba un promedio aproximado de 90 minutos de trabajo de un equipo organizado para el efecto, con profesionales calificados para la atención a las víctimas de la dictadura.
Para el buen desempeño de su trabajo, la Comisión contó con sedes regionales. La primera se inauguró en San Ignacio el 25 de junio de 2005 para atender la región de Misiones y el 17 de mayo de 2006 se habilitaron las sedes regionales para Caaguazú, Cordillera y Alto Paraná. Estas oficinas permitieron estar más cerca de las víctimas y recibieron un número relevante de testimonios.
La Comisión organizó varias audiencias públicas nacionales e internacionales, temáticas y generales como espacios de sensibilización, información y recuperación de la memoria colectiva. La primera audiencia se celebró en Asunción el 19 de agosto de 2005, 16 años después de la caída de la dictadura stronista, en la sala de sesiones del Congreso Nacional, para escuchar el testimonio de las víctimas de la represión, la tortura y desaparición forzada de personas. La segunda audiencia pública se realizó en San Juan Bautista de las Misiones el 28 de octubre de 2005, con el propósito de escuchar los testimonios de la represión contra las Ligas Agrarias Campesinas ocurrida en esa región. La tercera audiencia se hizo en la ciudad de Caaguazú el 19 de mayo de 2006, sobre campesinado y tierras mal habidas. La cuarta audiencia se realizó el 30 de mayo de 2006 en Buenos Aires, capital del exilio paraguayo, en el Congreso de la Nación Argentina, donde rindieron su testimonio no solo los paraguayos exiliados sino también los argentinos, uruguayos y chilenos perseguidos por el Operativo Cóndor. La quinta audiencia se celebró el 4 y 5 de diciembre de 2006 en Asunción, sobre educación y dictadura, y la sexta ocurrió en la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, Argentina, el 19 de octubre de 2007, sobre el exilio paraguayo en la frontera con Argentina. La séptima audiencia se celebró el 24 de julio de 2007 sobre mujeres, niñas y niños en la dictadura stronista, y la octava el 16 y 17 de julio de 2008, sobre pueblos indígenas y dictadura, ambas en Asunción.
En materia de educación, las actividades de la Comisión fueron diversas. La enseñanza de la materia “Autoritarismo en la historia reciente del Paraguay”, como parte del programa de estudios del Ministerio de Educación y Cultura para los alumnos del tercer ciclo de la educación escolar básica, cátedra diseñada y elaborada por la Comisión, es uno de sus aportes.
La Comisión contó con una Unidad de Salud Integral dedicada a la asistencia psicológica a las víctimas y testigos, tanto para quienes acudieron directamente a las sedes de la Comisión como para quienes asistieron a las audiencias públicas, y a la asistencia psicológica de las víctimas y de los propios funcionarios de la CVJ, receptores de los testimonios de las víctimas. Otra tarea importante de la Unidad consistió en la elaboración de informes médicos de las secuelas de la tortura e informes psiquiátricos para las víctimas interesadas en solicitar la indemnización en las instancias judiciales.
Para la búsqueda de los desaparecidos se organizó una Unidad de Desapariciones Forzadas y Ejecuciones Extrajudiciales. El objetivo de esta unidad fue obtener información cuantitativa y cualitativa de las personas desaparecidas y ejecutadas extrajudicialmente durante la dictadura de Alfredo Stroessner. Una primera etapa consistió en recabar la mayor cantidad de datos relevantes para proceder a la búsqueda. En consecuencia esta Unidad elaboró un listado de las personas desaparecidas y ejecutadas extrajudicialmente y realizó la búsqueda de desaparecidos en tumbas N.N., en fosas y otros lugares en los que se podrían encontrar enterradas las posibles víctimas de desaparición forzada.
La CVJ, con la colaboración del Equipo Argentino de Antropología Forense y el antropólogo forense del Ministerio Público, emprendió durante su periodo de mandato un total de seis excavaciones y participó en calidad de observador en una excavación en territorio argentino, donde presumiblemente se habían inhumado restos de ciudadanos paraguayos. Además, colaboró en la identificación de un ciudadano paraguayo desaparecido en 1976 en Argentina, con resultado positivo. De las excavaciones realizadas en territorio nacional, se exhumaron restos de tejidos duros en tres de ellas, los que aún están pendientes de estudios periciales relativos a investigación y comparación genética.
El Centro de Información de la Comisión sistematizó, almacenó y resguardó la documentación que sirvió como base para el inicio y término de las investigaciones llevadas a cabo por la CVJ, para lo cual se organizaron y digitalizaron los documentos obtenidos de la recepción de los más de dos mil testimonios de víctimas de violaciones de los derechos humanos, creando una base de datos que podrá ser consultada. Además de la base de datos propia, se elaboró otra base de datos destinada a registrar mediante la información procedente de diferentes fuentes: testimonios de la CVJ, archivos del Comité de Iglesias Para Ayudas de Emergencia (CIPAE) y del Centro de Estudios Paraguayos Antonio Guasch (CEPAG), documentos del Centro de Documentación y Archivo (CDyA) y expedientes de la Defensoría del Pueblo. Se contó con un archivo del formulario y del audio del testimonio, así como un archivo para la salvaguarda del patrimonio documental proveniente de las Fuerzas Armadas, “Archivo del Terror”, Policía Nacional, Cancillería, Defensoría del Pueblo, medios de comunicación, entre otros. Además se creó la Biblioteca Virtual, que de manera digital permite acceder al texto de entrevistas transcritas (desgravadas), libros especializados o documentos digitalizados de manera rápida, fácil y mediante palabras claves.
Atribuciones
La Comisión Verdad y Justicia (CVJ) constituyó un logro de la Sociedad Civil y del Estado paraguayo. Su creación respondió a una fuerza de voluntades que se inició con la petición de la sociedad civil al Parlamento Nacional – en particular de las asociaciones de víctimas de la dictadura y los organismos de derechos humanos, agrupados en la Mesa de la Memoria y archivos de la represión – cuando cayó el dictador Alfredo Stroessner y se concretó con el acuerdo del Parlamento Nacional y del Poder Ejecutivo, que derivó en la sanción de la Ley Nº 2225/03.
Según su Artículo 1º, la CVJ tiene a su cargo:
a) Investigar lo que pueden constituir hechos de violaciones de los Derechos Humanos (HVDH) cometidos por agentes estatales y paraestatales entre mayo de 1954 y octubre de 2003, y
b) Recomendar la adopción de medidas para evitar que los HVDH se repitan, consolidar el Estado democrático y social de Derecho con plena vigencia de Derechos Humanos y fomentar una cultura de paz, solidaridad y concordia entre los paraguayos.
Según los incisos del Artículo 2º, citados a continuación, sus funciones son esclarecer la Verdad: (a) estudiar las condiciones y comportamientos que contribuyeron a la ocurrencia de los HVDH; (f) contribuir a establecer da verdad de manera oficial, delimitando la responsabilidad del Estado en los HVDH, y (g) establecer la relación entre políticas nacionales e internacionales y los HVDH.
Otros de sus incisos asignan delimitar los hechos directamente justiciables en sentido jurisdiccional y restituir la memoria colectiva (hacer justicia en sentido histórico): (b) colaborar con los órganos pertinentes en el esclarecimiento de HVDH; (c) preservar la memoria y testimonio de las víctimas, determinar el paradero y la situación de los afectados, identificar en la medida de lo posible a los victimarios; (d) preservar pruebas de HVDH; e) aportar elementos probatorios al Poder Judicial para precautelar derechos de las víctimas y evitar la impunidad de los victimarios; (f) elaborar propuestas de reparación.
Otro tiene un contenido propositivo, tendiente a la prevención: (h) recomendar cursos de acción para prevenir HVDH.
El Artículo 3º fija las normas del debido proceso, el período a ser estudiado y clasifica como HVDH: (a) desapariciones forzadas; (b) ejecuciones extrajudiciales; (c) torturas y otras lesiones graves; (d) exilio; (e) otras violaciones de Derechos Humanos. Los Comisionados han definido – ejerciendo su competencia – estas otras formas graves de HVDH: detención arbitraria, violación de los derechos de la mujer, del niño, niña y adolescente, de los pueblos indígenas y apropiación ilícita de bienes.
Por iniciativa de la CVJ, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social dictó el 4 de mayo de 2006 la Resolución S.G. Nº 348, “Por la cual se constituye la Comisión Interinstitucional para el Estudio y la Creación del Banco de Datos Genéticos”, a través de la cual se realizó la extracción de unos 67 familiares directos de desaparecidos, para posteriormente comparar las muestras de ADN con las que pudieran obtenerse de los restos óseos exhumados. Las muestras fueron tomadas y depositadas en los lugares dispuestos por los juzgados, las circunscripciones judiciales de Misiones, Guairá y la Capital, y en archivos de la CVJ, mientras se aguarda la creación del Banco Nacional de Datos Genéticos.
La Comisión de Verdad y Justicia estuvo integrada por representantes del Estado, organizaciones de la sociedad civil y de víctimas de la dictadura. Los Comisionados que presentan el informe son: Monseñor Mario Melanio Medina Salinas – Presidente; Juan Manuel Benítez Florentín – Vicepresidente; Yudith Rolón Jacquet – Comisionada; Miguel Ángel Aquino Britos – Comisionado; Heriberto Matías Alegre Ortiz – Comisionado; Carlos Luis Casabianca Rodríguez – Comisionado; Carlos Portillo Esquivel – Comisionado; Mario Sandoval – Comisionado; y Víctor Jacinto Flecha – Comisionado. También fueron comisionados en una primera etapa de trabajo la entonces Canciller Leila Rachid Lichi, Margarita Durán Estragó, Jorge Domingo Rolón Luna, Juan Enrique Díaz Bordenave, Ausberto Valentín Rodríguez Jara. En la CVJ trabajaron durante su funcionamiento 140 personas, incluyendo empleados, consultores y colaboradores voluntarios, en diferentes etapas.
Una vez terminado el mandato de la CVJ se crea la Dirección General de Verdad, Justicia y Reparación, un órgano dependiente de la Defensoría del Pueblo, encargado de implementar las recomendaciones y medidas de reparación formuladas en el informe final de la Comisión de Verdad y Justicia del Paraguay; difundir el contenido del Informe Final a nivel nacional e internacional; continuar la investigación y búsqueda de los detenidos-desaparecidos; fomentar el interés ciudadano por conocer la verdad histórica y documentada de las violaciones ocurridas en el Paraguay durante el período 1954-1989 y preservar la memoria histórica y principalmente contribuir para que los hechos de violación a los Derechos Humanos, como los cometidos, nunca más vuelvan a ocurrir en el Paraguay. Fue creada por Resolución Nº 179/2009 de la Defensoría del Pueblo del Paraguay, para precautelar la documentación de la Comisión de Verdad y Justicia cuyo informe final fue entregado a los tres Poderes del Estado en agosto del año 2008. Asimismo, para continuar los trabajos iniciados durante la vigencia de la Comisión y para dar seguimiento a las 177 recomendaciones efectuadas por la CVJ en su Informe Final.

Mandates/sources of authority

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PY

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Rules and/or conventions used

Status

Revised

Level of detail

Minimal

Dates of creation, revision and deletion

01082014 creación
10/01/2019 revisión

Language(s)

Script(s)

Sources

1. PARAGUAY. Comité de Iglesias para Ayudas de Emergencia (CIPAE).Comisión de Verdad y Justicia. Informe Final. VIII Tomos. Asunción, 2008.
2. PARAGUAY. Informe Final(Conclusiones y Recomendaciones) de la Comisión Verdad y Justicia de Paraguay.
3. BOCCIA PAZ, Alfredo. Los “archivos del horror” del Paraguay: los papeles que resinificaron la memoria del stronismo. In: FICO, Carlos et al. Ditadura e Democracia na América Latina: balanço historiográfico e perspectivas. Rio de Janeiro: FGV, 2008.
Pesquisa e revisión: Silvia Simões , Jorge E. E. Vivar , Graciela Karababakian

Maintenance notes

Jorge E. E. Vivar , Graciela Karababakian