Condição de acesso e uso
El acceso al Archivo General de la Fuerza Aérea Argentina está ubicado en el predio de lo que la Fuerza denomina “Aeroparque” (en el ingreso tiene como denominación “Guerra Electrónica”); ubicado sobre la Av. Belisario Roldán 4511. Para poder acceder al Archivo, se debe presentar un documento personal en el puesto de guardia del ingreso, el cual será retenido hasta la salida posterior (se le otorga una credencial de ingreso que deberá devolver a contraentrega del documento personal).
El Archivo no cuenta con archivista ni referencista, sino con personal escasamente capacitado que brinda asistencia al usuario (ya sea investigador o no). El archivo posee bases de datos que no se encuentran actualizadas ni responden a lineamientos archivísticos internacionales. Tampoco cuentan con sala de consulta separada del espacio administrativo del Archivo, ni con espacio para guardar bolsos y/o carteras.
El acceso a la documentación está limitado para los usuarios particulares por el MAPG 4 (Manual de Tratamiento de la Documentación de Archivo) de carácter Público, el cual expresa cómo debe ser el acceso:
Para la CONSULTA DE LA DOCUMENTACIÓN: Los documentos en custodia en el Archivo de la Fuerza Aérea podrán ser consultados en la forma que se indica a continuación:
Por el público, ya sea en general o por especialistas, historiadores, publicistas y /o periodistas
Si la consulta fuera por público en general, deberán solicitar autorización en la Jefatura Militar del Estado Mayor General.
Si la consulta fuera por especialistas, publicistas, historiadores y/o periodistas, tendrán acceso directo a la sala pertinente, para lo cual contarán con una credencial expedida por la Jefatura Militar del Estado Mayor General. Tendrán acceso a toda documentación previamente evaluada por el Jefe del Archivo, a fin de evitar trascendidos acerca de actuaciones y/o conductas inconvenientes del personal de la institución, como asimismo uso y destino de partidas presupuestarias secretas y toda otra información que por su carácter afectara la seguridad de la Fuerza Aérea.
Por el personal de la Administración Pública en general: deberán portar la autorización de su jefe inmediato superior para consultar la documentación. La Jefatura Militar del Estado Mayor General autorizará la consulta de colecciones públicas, como asimismo la consulta colecciones reservadas siempre que ello se estime conveniente. A los fines de autorizar consultas de otro tipo de carácter, la misma deberá efectuarse por el Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, con visto bueno de autoridad competente del mismo.
Por organismos de Fuerza Aérea: podrá efectuar la consulta en forma personal o por escrito:
Personalmente: Los delegados deberán portar la autorización escrita extendida por su Jefe de Departamento, pudiendo efectuar la consulta de documentos, sin limitación de carácter, por medio de la Planilla Consulta de Documentos (PCD – Anexo 3).
Por escrito: Se utilizará la planilla Consulta de Documentos, sin designar delegado del Organismo.