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  <title>Registro fílmico del Juicio a las Juntas Militares o “Causa Invocada em virtud del decreto N° 158/83 – N° 13/84” (Argentina, 1985)</title>

      <creator>Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal***</creator>
  
  
  <description>El Fondo está constituido por el registro fílmico del proceso judicial, conocido como Juicio a las Juntas Militares (Argentina, 1985), en el cual se juzgó a nueve altos jefes militares como responsables por las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura (1976-1983).</description>

  
  
      <date>Abril a diciembre de 1985</date>
  
  
      <format>image/tiff</format>
      <format>3 discos rígidos externos que incluyen 532 videos (formato AVI, color y b/n, sonoro). El volume total es de aproximadamente 530 horas y el tamaño promedio de cada archivo (hora) es de 13 GB.</format>
  
  <identifier>http://atom.ippdh.mercosur.int/index.php/registro-filmico-del-juicio-las-juntas-militares-o-causa-invocada-em-virtud-del-decreto-n-158-83-n-13-84-argentina-1985</identifier>

  <identifier>AR- MA- JJM</identifier>

  <source>El original de este Fondo se encuentra en el archivo de Juicios Militares de la Cámara Nacional de Apelaciones.</source>

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      <relation>http://atom.ippdh.mercosur.int/index.php/memoria-abierta</relation>
    <relation>Memoria Abierta</relation>
  
  
  <rights>El Fondo queda abierto a la consulta pública en las condiciones que establezcan las instituciones que lo tienen bajo su custodia (Universidad de Salamanca y Memoria Abierta) y que han sido establecidas en consulta con la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
En principio, no existen restricciones legales de acceso a la documentación. No obstante, Memoria Abierta y la Universidad de Salamanca se reservan el derecho de restringir el acceso a la misma de acuerdo con la disponibilidad de recursos materiales y humanos imprescindibles para garantizar la preservación del material y a las limitaciones que surjan del cumplimiento de sus respectivas misiones y funciones. Por tratarse de organizaciones civiles dichas restricciones no podrán importar menoscabo alguno al derecho de acceso a la información pública, exigible únicamente a la entidad productora y a las instituciones que esta designe como responsables de la guardad e los originales.
La reproducción de cualquier material proveniente de este Fondo quedará sujeta a la expresa autorización prestada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.</rights>

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